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Qué riesgos tienen las divisas virtuales para los particulares

Qué riesgos tienen las divisas virtuales para los particulares

Los supervisores intensifican sus advertencias ante el rally que han propiciado los tipos cero y la gran liquidez

Su enorme volatilidad y la posibilidad de sufrir una estafa se añaden al hecho de no ser un activo regulado

Qué riesgos tienen las divisas virtuales para los particulares

En un principio, el bitcoin, hoy día el rey de las criptomonedas, era visto como un fenómeno casi anecdótico que solo suscitaba interés entre unos pocos inversores. Pero hace tiempo que eso cambió. Si bien ya tuvo un primer momento de fama hace un lustro, cuando registró notables subidas de precio, no fue hasta el año pasado que volvió a llamar la atención del gran público en medio de una fuerte revalorización que elevó el precio de la moneda un 305% en 2020. La escalada continúa en 2021 y ya sube un 100% desde finales de diciembre.

A medida que el precio repunta, el interés por la moneda también lo hace, de forma casi exponencial. Incluido el que muestran las autoridades. En las últimas semanas, supervisores de los mercados como la CNMV española, la FCA británica o banqueros centrales de la talla de Jerome Powell, el presidente de la Reserva Federal Estadounidense (FED), han intensificado sus advertencias sobre el fuerte componente especulativo del bitcoin y los elevados riesgos que conlleva la inversión en este volátil activo. Y el mensaje de todos los organismos que vigilan, con sus virtudes y sus defectos, por el buen funcionamiento del sistema financiero es unánime al avisar de que quien invierta en bitcoin puede llegar a perder todo su dinero.

El presidente de la FED, Jerome Powell, ha sido una de las últimas autoridades en cargar contra el bitcoin y el resto de monedas digitales. De entrada, Powell prefiere usar el término “criptoactivos” más que “criptodivisas”. “Son muy volátiles y por lo tanto no son útiles realmente como valor reserva, no están respaldados por nada y son un activo para especular y no un medio de pago”. Powell fue más allá y al referirse a las criptodivisas de tipo de cambio estable, aquellas cuya credibilidad se basa en una moneda tradicional, y observó que “tendrán un rol importante con la regulación pertinente, pero ese rol no será el de formar la base de un nuevo sistema monetario global”.

Herminio Fernández, consejero delegado de la plataforma de pagos con criptomonedas Eurocoinpay, sí cree que los supervisores y los bancos centrales permanecen vigilantes porque ven que ha llegado una nueva competencia. “Yo aquí veo dos sistemas financieros. Uno que es el sistema de siempre que, aunque está desarrollando también monedas digitales, va a ser como hasta ahora. Y por otro lado el sistema generado en torno al blockchain. Este último es descentralizado y va ganando en popularidad entre personas y empresas”. Según Fernández, las posibilidades que ofrece el mundo blockchain y las redes de pago que van surgiendo están facilitando que cualquier persona a golpe de clic pueda enviar y recibir dinero en cuestión de segundos.

Joaquín Rivera, analista económico de Arcano Partners, también señala hacia la competencia que suponen los criptoactivos. “La incómoda realidad es que los bancos centrales se enfrentan a la competencia de la tecnología nacional e internacional, amenazando los sistemas lentos y caros de liquidación y compensación, pero no vemos en ningún caso que las criptomonedas que no sean emitidas por los bancos centrales amenacen a la divisas actuales, de ahí que no se hayan regulado todavía”, expone el experto.

El bitcoin surgió por tanto como una suerte de alternativa al empleo del dinero tradicional –atrayente en muchos casos para el blanqueo de dinero– y encontró en la tecnología blockchain el aliado necesario para su desarrollo. Pero su uso como medio de pago apenas ha calado, aunque sí haya elevado la presión sobre los bancos centrales para que se pongan manos a la obra para lanzar sus propias divisa digitales. En la práctica los usos reales del bitcoin son casi testimoniales, como el anuncio realizado por Tesla de que se podrán comprar en EE UU sus coches eléctricos con bitcoin.

¿Riesgo financiero?

Pese a que no se consideran un riesgo como tal para el sistema financiero, ya que las criptodivisas están muy lejos de haberse extendido como un medio de pago alternativo, sí que son percibidas por los reguladores como una amenaza para los pequeños inversores. Atraídos estos por agresivas campañas de marketing y la promesa de una rápida rentabilidad, los supervisores de los mercados se afanan en recomendar cautela.

A mediados de enero, la FCA británica dijo ser consciente de que algunas firmas están ofreciendo servicios de inversión o de préstamo en criptoactivos prometiendo altas rentabilidades a cambio. “Invertir en criptoactivos o realizar préstamos con ellos por norma general implica asumir un riesgo muy elevado. Si los consumidores deciden invertir en ese tipo de activos, deberían estar preparados para asumir la pérdida de todo su dinero”.

En España, a primeros de marzo se modificó la ley que rige al mercado financiero para que la CNMV pueda supervisar cada campaña de publicidad de criptoactivos. El jefe del supervisor, Rodrigo Buenaventura, afirmó la semana pasada que en este tipo de productos la formación de precios no es transparente y conlleva un elevado componente es­pecu­lativo que puede derivar incluso en la pérdida total de la inversión.

Las razones de la subida

El bitcoin es un mercado con unas características peculiares. Primero, por su relativamente pequeño volumen frente a su valor total. Según datos de Bloomberg, el mercado total de bitcoin rondaba el miércoles un valor de 1,1 billones de dólares. El jueves de la anterior semana, el precio bajó un 3,79% mientras que el volumen de transacciones real, según datos de Bitwise, ascendió a unos 11.000 millones de dólares. Esta foto muestra que con muy poco volumen es posible generar grandes oscilaciones de precio. Las manos fuertes son más fuertes de lo habitual en este tipo de activos.

Si hace cinco años el argumento para sostener el valor de la moneda pasaba por una posible revolución en el mundo de los pagos, abandonada prácticamente por completo la posibilidad de que se convierta en un medio de pago extendido debido a su volatilidad, la tesis para la subida de precios pasa ahora por el aumento de la inversión institucional y el que, según diferentes expertos, es percibido como una nueva alternativa para la construcción de carteras. No en vano, el actual entorno de tipos de interés en mínimos y abundantísima liquidez es el caldo de cultivo perfecto para la toma creciente de riesgos.

Efectivamente, la inversión institucional ha crecido con empresas de renombre como Tesla apostando por destinar dinero a la compra del activo. No obstante, el pasado miércoles, según datos de Bloomberg, el valor total de todos los fondos de inversión y productos cotizados basados en bitcoin ascendía a 47.376 millones de dólares. Es decir, un 4,3% del mercado en manos de inversores profesionales.

Rivera recuerda que el dinero es dinero si cumple tres funciones: “Acumular valor a largo plazo, si actúa como medio de pago y si es una forma de contar. Bitcoin no cumple con rigor dos de las tres. No es realmente útil como depósito de valor por la volatilidad del 80% cuando lo normal es el 4%, no es un medio de pago por los altos costes de transacción derivados de los costes energéticos, y sí que cumple como unidad de cuenta, pero recordemos que una barra de pan de un euro vale 0,000021 bitcoin, por lo que no facilita totalmente los cálcu­los económicos”. “El momento actual es de elevadísima incertidumbre macroeconómica y escasean los activos que cumplan las funciones de “cobertura de riesgos”, como puede ser el oro. De ahí que la demanda de criptomonedas esté ahora mismo disparada”, prosigue. Pero pese a la tentación que plantea el bitcoin a numerosos gestores, domina la prudencia.

Vincent Vinatier, gestor de cartera de fintech y finanzas en Axa IM, afirma que en su compañía no son especialmente partidarios de las criptomonedas en general. “Desde mi punto de vista, bitcoin no es un activo invertible: no hay flujos de caja, ni valor residual, ni valor de uso, y es demasiado volátil para ser utilizado como medio de pago. En nuestra opinión, es un activo es­pecu­lativo que podría valer 10 dólares o 10 millones de dólares”.

”Tendrá que transformar el potencial en resultados para sostener su propuesta de valor”, añaden desde Deutsche Bank, donde destacan el paralelismo entre el bitcoin y Tesla.

¿Hay estafas?

Rotundamente, sí. Y es un gran riesgo a tener en cuenta. La red blockchain en la que se basa el bitcoin no ha sido hackeada, pero sí se han producido multitud de robos y de estafas en las plataformas que ofrecen servicios en este segmento del mercado. Desde crear firmas o criptoactivos de la nada para posteriormente desaparecer con todo el dinero de los inversores, a sofisticados esquemas Ponzi camuflados de soluciones tecnológicas innovadoras, pasando también por robos en los exchange, las plataformas de compraventa de criptomonedas. A falta de una regulación, que en el caso europeo está en proceso pero tardará aún en llegar, la cautela es el gran muro que se interpone entre invertir o ser estafado.

“Cuando tú vas a hacer una inversión, ya sea en criptomonedas o en otro activo, lo primero que hay que hacer es conocer bien el activo en el que te estás planteando entrar, porque el dinero cuesta mucho ganarlo y es fácil perderlo. En segundo lugar, hay que ver que la plataforma mediante la cual se va a comprar bitcoin es segura realmente. Saber que hay una empresa auténtica detrás, que existe esa empresa y que luego, una vez que compras ese activo digital, se tenga la posibilidad de llevarlo a un monedero virtual solamente controlado por la persona inversora, teniendo en su poder las claves privadas y las públicas. Nunca hay que creer en propuestas de gente que prometa unas rentabilidades del 2% semanal o del 20% mensual porque son estafas”, recomienda al respecto Fernández.

Popularidad por geografías

La fiebre bitcoin tiene ecos en prácticamente todos los países del mundo, pero es más intensa en unos que en otros. Herminio Fernández reflexiona al respecto, “por ejemplo Argentina, Colombia, Italia, Grecia, Portugal o España están a la cabeza de usar activos digitales”.

El experto considera que la explicación es una suma de factores. De un lado, son países donde la información financiera no está tan extendida entre la población y, por lo tanto, no se percibieron igual que en otros países las llamadas a la cautela. Por otro, algunos de ellos son países en los que las divisas tradicionales han fallado en su misión, ya sea por una elevada inestabilidad o por los estrictos bloqueos de movimientos de capitales como es el caso de China. La idea de fondo no es otra que la de que cuando falla el sistema tradicional, se abren resquicios para que entren las criptomonedas.

Fuente: Cincodias.elpais.com

La AEDAF debate la necesidad de regulación de las criptomonedas

La AEDAF debate la necesidad de regulación de las criptomonedas

 

En el día de ayer la demarcación catalana de la Asociación Española de Asesores Fiscales (AEDAF) acogió la XI Jornada Nacional de Estudio, en la que, entre otros temas, destacaron el debate sobre la falta de regulación de las criptomonedas, algo que viene dado, principalmente, por su falta de naturaleza jurídica.

Saturnina Moreno, Catedrática de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad de Castilla-La Mancha y miembro de la AEDAF, explicó en su ponencia “hablamos de una suerte de divisa virtual, descentralizada, de carácter voluntario, sin respaldo legal de ningún gobierno, muy volátil, que no necesita de intermediarios y que es prácticamente anónima, lo que dificulta enormemente su control tributario”.

Asimismo, los asesores consideran que hace falta introducir cambios en la normativa contable y de registro, para aclarar el tratamiento fiscal de las criptomonedas, y solicitan al Ministerio de Hacienda que, “al menos mientras se avanza en materia legislativa, se publique una guía de recomendaciones de uso y medidas de control”.

Actualmente existen diferentes doctrinas y consideraciones de distintos organismos e instituciones que ofrecen ciertas interpretaciones regulatorias, pero como indicó José Ignacio Alemany, Presidente de la AEDAF, “hace falta una aclaración del régimen tributario de forma global, para todos los impuestos”.

Por su parte, Jordi Baqués, Delegado de Cataluña de la AEDAF, señaló “se ha abierto ya la campaña de las declaraciones del IRPF de 2017 y todavía seguimos sin un régimen tributario claro para el tratamiento de los bitcoins y otras monedas virtuales”.

Además, Saturnina Moreno recordó en su ponencia que “el problema de la falta de regulación va mucho más allá del control tributario de las propias monedas, ya que existe una preocupación mayor con respecto a estos valores virtuales, como la evasión de otro tipo de actividades tributarias o la realización de actividades ilícitas”.

Junto con la regulación de las criptomonedas, la XI Jornada Nacional de Estudio trató también otros temas, como el régimen fiscal de la distribución de beneficios desde la perspectiva internacional, la inteligencia artificial aplicada al sector jurídico y fiscal, las novedades en los reglamentos de desarrollo de la Ley General Tributaria y los efectos del incumplimiento formal en el SII.

PayPal patenta un sistema acelerado de transacciones con criptomonedas

PayPal patenta un sistema acelerado de transacciones con criptomonedas

No cabe duda de que Paypal es una de las plataformas de pago más populares del mundo y como tal, debe estar a la última en lo que se refiere a transacciones monetarias. Por ello, el pasado 1 de marzo la compañía registró, en la Oficina de Marcas y Patentes de Estados Unidos (USPTO), una herramienta que pretende agilizar las confirmaciones de transacciones con criptomonedas. La patente de llama “Sistema acelerado de transacciones con monedas virtuales” e indica como creadores a Cheng Tian y Lynn Godsey.

Según el documento presentado, el sistema creará carteras secundarias para los usuarios, asociadas a sus cuentas principales de PayPal. Cada una de esas billeteras secundarias tendrá una llave privada propia y una cantidad fija de criptomonedas. Así pues, para que el envío del pago se pueda realizar, se deberá seleccionar una de esas carteras secundarias y, a continuación, será determinado el valor de cambio entre la cripto divisa y la moneda fíat elegidas para que se pueda determinar la cantidad a transferir.

El protocolo destaca el importe crecimiento de las criptomonedas, debido a las múltiples ventajas que brinda su carácter descentralizado, sobre todo, en las transacciones internacionales. “Las monedas virtuales como Bitcoin han revolucionado las transferencias de dinero y las tecnologías de pago al permitir transferencias de valor económico de persona a persona”, señala el texto.

El documento también recoge los principales problemas derivados de este tipo de transacciones: “Para asegurarse que la transacción de Bitcoin sea realizada al beneficiario, éste debe esperar a que el proceso de minado confirme la transacción antes de transferir los bienes o servicios al pagador. En muchas transacciones, una espera de 10 minutos será muy larga tanto para el pagador como para el receptor, y ambas partes pueden preferir el uso de métodos de pago tradicionales en vez de monedas digitales. Problemas como este han retrasado la adopción de las monedas virtuales pesar de sus ventajas”.

Sin embargo, PayPal ya tiene solución a este problema, de hecho, viene recogida en el protocolo: “los sistemas presentados en la patente eliminan prácticamente el plazo de tiempo que deben esperar los usuarios para asegurarse de que se efectuó un pago en una transaccion con criptomonedas. Esto es posible gracias al uso de claves privadas incluidas en las billeteras virtuales, las cuales se asocian con cantidades previstas anteriormente y equivalen a una cantidad de pago específica”.

¿Cómo tributan las criptomonedas en España?

¿Cómo tributan las criptomonedas en España?

Todos sabemos que las criptodivisas han abierto un abanico de posibilidades para quienes han sabido adelantarse y enriquecerse de una forma nunca vista. Si hace siete años alguien invirtió 100 euros en bitcoins, hoy tiene un millón de euros, siendo esta una cantidad considerable como para atraer la atención de la Agencia Tributaria. En este sentido, la plataforma online de abogados Easyoffer elabora la guía completa «Fiscalidad y Bitcoin» sobre uno de los puntos que más dudas genera entre quienes adquieren o pagan con estas divisas: ¿Qué cuentas tengo que hacer con Hacienda?

El ‘minero’ de bitcoins. ¿Hay que declarar esta actividad?

En cuanto al minero tradicional, sí tiene la obligación de tributar. El minado de bitcoins se considera una actividad, con unos gastos y unos ingresos, y por tanto hay que darse de alta y pagar el Impuesto de Actividades Económicas. Mientras tanto, la Agencia Tributaria estudia esta nueva figura para regularla.

La Hacienda española ante las criptodivisas

Se puede operar con criptomonedas y al mismo tiempo tener la tranquilidad de que nuestra relación con la Agencia Tributaria no nos deparará ninguna desagradable sorpresa. Sin embargo, hay mucha ambigüedad en la legislación con respecto a cómo tributan las divisas virtuales. “A nivel europeo no se sabe cómo controlarlo, pues se escapa de las leyes emitidas por los gobiernos. Estas divisas las regula la gente, y se escapa del control de los bancos”, recuerda el abogado colaborador de Easyoffer, Jorge Verge.

En enero, el Ministerio de Hacienda publicó sus directrices generales del Plan de Actuación de Control Tributario y Aduanero para este ejercicio. Esto se traduce en que Hacienda mirará con interés todo lo relacionado con este aspecto, pero por el momento no ha detallado ninguna actuación concreta ni ninguna nueva medida que complemente las que ya existen.

¿Cómo tributar por mis monedas virtuales?

El momento de echar cuentas con Hacienda puede llegar, por ejemplo, con el bitcoin que, a consecuencia de su fuerte subida de valor, quienes tuviesen estas criptomonedas hace un tiempo se han encontrado con una fortuna. También puede ser que, atraído por el potencial de este mercado, se haya entrado en la compra-venta, con compra como valor refugio, o con la intención de usarlo para adquirir bienes o servicios.

La Agencia Tributaria conoce nuestro patrimonio y, aunque no pueda estar al corriente de la cuantía que poseemos en criptomonedas, cualquier incremento sustancial en los bienes puede levantar sospechas.

Tengo bitcoins, pero no los he vendido ni utilizado como medio de pago

Así mismo, si no se ha hecho ningún tipo de operación con las criptomonedas, tampoco hay ninguna responsabilidad respecto al fisco. Gracias al anonimato que proporciona la tecnología blockchain ni siquiera Hacienda, por el momento, va a tener constancia de que un individuo tiene en su poder esas monedas.

No obstante, en cuanto se haga alguna compra con bitcoins de cierta entidad o se venda monedas y el dinero pase a una cuenta bancaria ese patrimonio quedará a disposición de la Agencia Tributaria. La prescripción fiscal está fijada en cuatro años mediante el Artículo 66 de la Ley General Tributaria.

He vendido bitcoins. ¿Cómo lo declaro?

Si se venden los bitcoins por un precio superior al que fueron adquiridos, hay que informar sobre esa ganancia en el patrimonio. La forma de hacerlo será en la declaración de la renta. Para la campaña del año pasado, los tipos impositivos fueron del 19% para una plusvalía hasta 6.000 euros, del 21% hasta 50.000 euros, y el 23% a partir de esa cantidad.

También, hay que tener en cuenta que una venta de bitcoins puede suponer una pérdida patrimonial, si se venden más baratos que el precio de compra. En ese caso también debe quedar reflejado en la Declaración de la Renta porque puede ser beneficioso para el declarante.

Me dedico a la compra-venta de criptomonedas. ¿Cuáles son mis obligaciones fiscales?

Aquí no hay una normativa concreta. “Por ahora, dado que son divisas virtuales, se debe considerar como un cambio de divisas”, apunta Pablo Fernández Burgueño, abogado y fundador de Nevtrace, empresa especializada en blockchain.

Esta opinión está en línea con la que en octubre de 2015 emitió el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que indicó que las monedas virtuales pueden ser intercambiadas igual que las divisas convencionales, operaciones que además están exentas de IVA.

Compro en bitcoins. ¿Qué deben hacer comprador y vendedor?

El bitcoin se puede utilizar para comprar bienes y servicios, y está autorizado como medio de pago en España.  En enero de 2018, la prensa se hizo eco de la primera vivienda pagada con bitcoins en España. En esta operación, un ático de la zona centro de Tarragona se vendió por 40 bitcoins. Este hecho ha sembrado incertidumbre entre los notarios.

Por cualquier compra hecha en bitcoins hay que pagar el IVA como si se hiciese en euros. Solo hay un caso exento, cuando entregas euros y recibes bitcoins.

La pelota pasa al tejado del vendedor, que será quien tenga que hacer los trámites para traducir esa venta en criptomonedas, a un apunte en euros para saldar con Hacienda los pagos trimestrales para liquidar el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA). Hacienda no acepta pagos de impuestos en criptomonedas.

Una empresa recibe bitcoins, ¿debe reflejarlo en su contabilidad?

Si una empresa recibe pagos en bitcoins, debe reflejarlo en su contabilidad, y declararlo a través del Impuesto de Sociedades, así como reflejarlo en sus libros contables. “La Oficina Nacional de Investigación del Fraude (ONIF) pide desde 2015 información sobre los libros contables donde apuntan sus movimientos a todas las empresas que saben o intuyen que pueden mover criptomonedas”, asegura este letrado también profesor del Posgrado de Experto en Bitcoin y Blockchain de la Universidad Europea de Madrid.

¿Debo informar a Hacienda si intercambio criptomonedas?

Otra de las dudas que puede surgir es qué pasa en el caso de comprar ethereum, la considerada segunda criptodivisa más popular, en bitcoins. ¿Hay que declarar algo?

Para Fernández, quien además forma parte del grupo de expertos de criptomonedas de Europol, “cuando una persona hace estos cambios lo hace sin tener conciencia de que lo tiene que declarar en la renta. Ese intercambio supone un cambio en el patrimonio, y como tal hay que declararlo. Cada vez que se hace un cambio se tiene que valorar cuánto se ha ganado o perdido, y se tiene que detraer el 19, 21 o 23% en función de la ganancia”.

*Esta información ha sido elaborada por Easyoffer con la colaboración de Jorge Verge, abogado fiscalista del despacho Viola Pérez de Barcelona y Pablo Fernández Burgueño, fundador de Nevtrace y profesor en la Universidad Europea de Madrid.

El PP apuesta por España para liderar la tecnología ‘blockchain’

El PP apuesta por España para liderar la tecnología ‘blockchain’

Este miércoles el PP presentó una proposición no de ley (PNL) en el Congreso, es decir, una propuesta no vinculante, con el propósito de establecer una “regulación supranacional” para la inversión en criptomonedas. Se plantea endurecer los controles en la tecnología “blockchain”, las divisas virtuales y las ofertas iniciales de criptomonedas (ICOs). La iniciativa pide someter a los monederos y plataformas virtuales a la regulación del blanqueo de dinero. Así mismo, propone obligar a los inversores a identificarse e informar de las transacciones. Los parlamentarios señalan que hay que aumentar la transparencia y fijar, si es necesario, cuál debe ser la cantidad de inversión mínima a partir de la cual un particular debe informar al regulador de sus operaciones.

En las últimas semanas, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) está analizando proyectos concretos de ICOs y, junto con el Banco de España han puesto en marcha un grupo de trabajo para estudiar los fenómenos con las monedas virtuales y proponer normativas al respecto. El diputado del PP Teodoro García ha pedido impulsar este grupo de trabajo y ha señalado que se trata de aprovechar las ventajas que la nueva tecnología blockchain ofrece en términos de ahorro de costes y de no intermediación, especialmente a las pymes y las empresas innovadoras.

Teodoro García explicaba en rueda de prensa que esto es una oportunidad que España no puede dejar escapar. Es una realidad que los españoles están comprando criptomonedas y desde el PP queremos que España sea líder en la regulación de esta materia« al mismo tiempo señaló que “atraerá inversores y talento si se dan las condiciones adecuadas”. En su opinión, estas criptomonedas son útiles «para mejorar la vida de la gente en un amplio rango de actividades».

Por su parte, el portavoz del PP en el Congreso, Rafael Hernando, añadió que “ante estas nuevas tecnologías cada vez se hace más necesario abrir una nueva regulación, ya que en estos momentos junto a las oportunidades que presentan también aparecen peligros por la falta de control”.

Unos días antes, el 29 de enero, el pleno del Senado aprobó por mayoría una iniciativa, a través de una moción del Grupo Parlamentario Popular, para proteger al pequeño inversor ante los posibles riesgos que conllevan estas operaciones, así como evitar el uso de criptomonedas para la financiación de actividades ilícitas. Así lo explicó la senadora del PP Esther del Brío que señalaba que «el objetivo prioritario es proteger al pequeño inversor de posibles fraudes y movimientos especulativos», y Rafael Hernando, que advirtió de los casos en los que este tipo de monedas “acaban siendo elementos donde se refugia dinero procedente de actividades criminales y que existen elementos opacos en la volatilidad de estas monedas y de su valor”. Mientras la portavoz de Economía del PP en el Senado, Arenales Serrano, recordó que, según las estimaciones del Foro Económico Mundial, las criptomonedas supondrán el 10% del PIB mundial.