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Florida aceptará el pago de impuestos en criptomonedas

Florida aceptará el pago de impuestos en criptomonedas

Este lunes, Joel M. Greenberg, recaudador de impuestos del Condado de Seminole, del estado de Florida, anunció que su oficina aceptará pagos en Bitcoin (BTC) y Bitcoin Cash (BCH) a través de la plataform de BitPay. De este modo, esta oficina gubernamental se convierte en la primera en ofrecer a los ciudadanos la posibilidad de realizar el pago de tributos con criptomonedas.

En el comunicado de prensa difundido, Greenberg explicaba la razón de su decisión de la siguiente forma: “El objetivo de mi cargo en la oficina es hacer que la experiencia de nuestros clientes sea más rápida, más inteligente y eficiente, y llevar los servicios gubernamentales del siglo XVIII al siglo XXI. Incluir criptomonedas en nuestras opciones de pago es una forma de cumplir con esta aspiración”.

Con este paso, los responsables quieren lograr que los cobros sean más flexibles y que los fraudes se reduzcan. Al posibilitar los pagos con criptomonedas la transparencia aumentaría, al mismo tiempo que la precisión de pagos. Las monedas digitales que serán aceptadas para el pago de impuestos son Bitcoin (BTC) y Bitcoin Cash (BCH), aunque no descartan que se acaben implementando el resto de criptomonedas.

En lo que se refiere a los tributos que se podrán pagar con criptomonedas, estos son: los impuestos sobre las propiedades, las licencias de conducir y las tasas de las tarjetas de identificación. Una vez realizada la transacción, el importe abonado será cambiado a dólares en las próximas 24 horas. Tal como destacan en el comunicado, se trata de optimizar y modernizar los servicios de pago, aumentar la precisión en las liquidaciones y reducir los gastos provenientes de las tarjetas de las entidades financieras.

Este sistema estará disponible en junio de este año. Cabe destacar que durante el último año ha habido diversas iniciativas al respecto, entre ellas las de Georgia y Arizona, que también propusieron la implementación de las criptomonedas como forma de pago de las obligaciones tributarias de los ciudadanos. No obstante, aún no se han llevado a cabo.

Las novedades fiscales en las distintas Comunidades Autónomas para 2018

Las novedades fiscales en las distintas Comunidades Autónomas para 2018

La Ley 22/2009, de 18 de diciembre, por la que se regula el sistema de financiación de las Comunidades Autónomas de régimen común y Ciudades con Estatuto de Autonomía y se modifican determinadas normas tributarias, establece la relación de tributos cuya recaudación se cede total o parcialmente a las CCAA. Junto con esta cesión, la Ley otorga potestad normativa a cada Comunidad Autónoma en relación con los tributos cedidos.

A continuación se destacan algunas de las principales novedades fiscales en el ámbito autonómico aprobadas para el ejercicio 2018:

– Andalucía: elevación  del mínimo exento en el Impuesto sobre Sucesiones, que pasa de 450.000 € a 1.000.000 €.

– Cantabria: incremento de la escala de gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio.  Se incrementan todos los tramos de la tarifa. A modo de resumen el tipo mínimo pasa del 0,02% al 0,24% y el tipo máximo del 2,5% al 3,0%.

Se  aprueba una nueva tarifa para el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, reduciendo los tramos a 4 y quedando los tipos entre el 1% y el 30% (antes 16 tramos entre el 7,65% y el 34%) y modifica la bonificación que será del 100% para herencias de hasta 100.000 euros y del 90% (frente al  anterior 99%) a las herencias de más de 100.000 euros. Regula igualmente límites (hasta 50.000 euros en seguros), reducciones y grados de parentesco y reduce la reducción sobre la adquisición mortis causa de la vivienda habitual al 95% (antes 99%).

– Castilla y León: elevación del mínimo exento en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, que pasa de 300.000 € a 400.000 €.

La base de la reducción del 99% aplicable a las donaciones a descendientes de dinero para la adquisición de vivienda habitual aumenta hasta  180.000 € (anteriormente 120.000 €) con carácter general y hasta 250.000 € (anteriormente 180.000 €) en el caso de donatarios con grado de discapacidad igual o superior al 65%..

– Murcia: deducción del 99% sobre la cuota del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en Murcia, para los familiares incluidos en los Grupos I y II de parentesco (cónyuge, ascendientes, descendientes, adoptantes y adoptados).

Se extiende la reducción en la base imponible por adquisición mortis causa o intervivos de empresa o negocio familiar hasta parientes colaterales de cuarto grado (Grupo IV de parentesco).

Se eliminan las reducciones en las donaciones de dinero para adquisición de vivienda habitual, constitución de empresa o negocio, adquisición de participaciones o adquisición de explotación agrícola.

Hay novedades en el denominado tramo autonómico del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, concretamente deducciones y otros beneficios fiscales: por nacimiento de hijos (Madrid, por ejemplo, 600 € por hijo); alquiler de vivienda, familias numerosas o gastos de estudios. La mayoría benefician estrictamente a rentas bajas. Destaca en las Islas Baleares  el incremento al 30% de la deducción por inversión en nuevas empresas, que se aplica ahora sobre un máximo de 6.000 € (antes 20% sobre 600 €). Esta deducción será del 50% sobre 12.000 € en caso de que las empresas sean participadas por Universidades o centros de investigación.

En próximas fechas se aprobarán las leyes presupuestarias de las comunidades autónomas de Extremadura o La Rioja que, previsiblemente incorporarán reducciones y/o bonificaciones en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

La presente nota está realizada en base a la normativa vigente a la fecha de su emisión. Contiene un resumen muy general sobre la normativa a la que hace referencia. En ningún caso supone la prestación de un servicio de asesoramiento jurídico o fiscal, siendo recomendable que el destinatario de esta nota acuda a su asesor fiscal para que le asesore adecuadamente. En todo caso será necesario esperar a que se concrete la operación corporativa o el canje o amortización de deuda.

Artículo elaborado por Marcelino Blanco, director de Planificación Patrimonial de Andbank.