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¿Qué seguros se pueden desgravar en la Declaración de la Renta?

¿Qué seguros se pueden desgravar en la Declaración de la Renta?

Alrededor de 19 millones de contribuyentes se ven obligados a darse cita con Hacienda, después de que el pasado 4 de abril se abriera el plazo para la realización de la Declaración de la Renta 2017. Este año, además, la Agencia Tributaria ha estrenado una App de cara a hacer el proceso más accesible y sencillo al usuario.

Llegado el momento de la presentación de la renta, suelen surgir una gran cantidad de dudas sobre cómo afrontar y sacar el máximo partido a este trámite. La falta de información sobre lo que es o no deducible puede ralentizar el proceso. Uno de los aspectos más desconocidos es lo que se puede o no presentar ante hacienda en materia de seguros. ¿Se pueden declarar las pólizas o seguros contratados? ¿Qué documentación se debe presentar? Coverfy.es, la primera app que permite gestionar todos los seguros desde el dispositivo móvil y optimizar precios y coberturas, da respuesta a estas preguntas.

Seguros desgravables en la declaración de la renta

  • Vida y hogar asociados a hipoteca.Si los seguros están ligados a la hipoteca nos podemos desgravar hasta el 15% de las cantidades destinadas a la compra de la vivienda habitual con un máximo de hasta 9.040 euros, siempre que se haya adquirido antes del 2013. Es decir, si en todo el año pagas 7200 euros por las cuotas hipotecarias, 250 por el seguro de vida y 150 por el de hogar, solo tendrás que sumar todas las cantidades y aplicar la deducción del 15% sobre el total.
  • Seguros no asociados a hipoteca.

o   Vida: El seguro de vida ligada a un plan de ahorro permite deducir 10.000 euros máximo si tienes menos de 50 años, y hasta 12.500 si tienes más de 50. Si no está ligado a plan de ahorro, el seguro de vida no desgrava (excepto si eres autónomo).

o   Hogar: Si no tienes el seguro ligado a hipoteca o si adquiriste la vivienda antes del año 2013, no será desgravable, de forma general.

  • Compra de vivienda.En este sentido, es importante consultar los requisitos de la normativa local ya que, dependiendo del lugar de residencia, existe la posibilidad de aplicar la deducción autonómica. Por ejemplo, en Murcia o Madrid, se ofrecen incentivos fiscales a jóvenes, en la primera en materia de compra ya que se permite desgravar a los menores de 35 años, un 5% de las cantidades desembolsadas para la adquisición de la vivienda, y en el caso de la segunda establece una deducción del 20% del alquiler de la vivienda. Por otro lado, si eres propietario de un inmueble en alquiler, podrás desgravar todos los gastos necesarios para conseguir su arrendamiento, lo que incluye el seguro de hogar o el seguro de impagos, entre otros.
  • Plan de pensiones.Uno de los principales reclamos a la hora de adquirir un plan de pensiones son las ventajas fiscales, ya que reducen la base imponible del IRPF. Los expertos aseguran que quienes más se benefician de este servicio son quienes cuentan con mayores ganancias. Por ejemplo, para quienes hacen una aportación anual a su plan de pensiones del importe máximo, es decir de 8.000€, podrán obtener un ahorro fiscal de 3.600€, siempre que sus ingresos anuales sean superiores a los 60.000€. Por lo tanto, la retención en el IRPF es del 45%. Para quienes cuenten con salarios más modestos, el ahorro está en torno al 24%. Quienes tengan contratado este seguro deben incorporar los datos en la casilla 516.
  • Seguro del coche.El seguro del coche no desgrava en el IRPF. Solo lo sería para aquellos autónomos que puedan justificar que su actividad está ligada al uso necesario del coche y para la actividad que desarrollan, y en ningún caso para el ocio.

 

Invertir en asegurar la Pérdida de Beneficios es rentable para las empresas

Invertir en asegurar la Pérdida de Beneficios es rentable para las empresas

La semana pasada, PymeSeguros organizó una mesa redonda sobre la Pérdida de Beneficios en la sede de la Asociación de Jóvenes Empresarios, en la que participaron Alfonso García-Caro, Global Property Manager Iberia de AIG, Enrique Zárraga, director técnico de Alkora, Sebastián Mata, director general de Iberseguros, y Víctor Mayorga, Senior Underwriter Centro-Noroeste Canal Agentes y Corredores de Zurich.

“Cuando se habla de un siniestro de daños que implique la cobertura de pérdida de beneficios, hablamos ya de un evento de cierta envergadura, que puede comprometer la cuenta de resultados y la continuidad de la propia actividad de una empresa”, explicó en el transcurso del debate Alfonso García-Caro, Global Property Manager Iberia de AIG, para poner en valor la importancia de contratar la cobertura de Pérdida de Beneficios.

Durante el encuentro se abordaron asuntos como el alcance de las pólizas, su comercialización, la importancia del lenguaje y la formación tanto de clientes como de mediadores, las nuevas incertidumbres que generan los ciberriesgo y el nivel de judicialización de este ramo o los retos de futuro.

Asegurar la Pérdida de Beneficios es algo relativamente reciente y que contratan de manera habitual las empresas más grandes y va calando hacia otras de menor tamaño, y todos los presentes coincidieron en ello. “A finales de los años 70 era algo extraño y empezó a generalizarse en los 80”, apuntó Enrique Zárraga, quien, no obstante, citó un estudio realizado por Mapfre entre 25.000 empresas que refleja que “el 75% no lo tiene contratado”. “Cuanto más tamaño tienen las compañías, esa conciencia de necesidad del seguro aumenta”, corroboró García-Caro, quien también defendió que “una inversión en la calidad del riesgo y una transferencia eficiente al mercado siempre acaba rentando”.

Según responsable del ramo de Daños de AIG, la comercialización de este producto requiere de “una buena ingeniería de riesgos, con conocimiento preciso de la actividad, para poder definir los escenarios de pérdidas que es relevante que se aseguren”, así como una gestión del siniestro “rápida y eficiente”. A lo que Enrique Zárraga añadió otra cuestión fundamental: “formación, formación, formación”. Tanto de clientes como de mediadores, según sus compañeros de mesa.

Para el director técnico de Alkora, cuando se llega a la judicialización de estos seguros es porque no se ha hecho bien la contratación, a lo que el director general de Iberseguros sumó el matiz de que “es difícil extraer la información a un cliente”, lo que al final provoca que la cobertura genere “mucha insatisfacción”. El representante de Zurich también estuvo de acuerdo en que “muchas veces se requieren más datos de los que se han pedido en la contratación”. En este punto, el directivo de AIG explicó la solución que su compañía aplica en los peritajes: “En siniestros que por su alcance o complejidad lo requieran buscamos la intervención de, al menos, dos peritos, uno de ellos perito forense específico para pérdida de beneficios, y mi experiencia con este sistema es que produce un ajuste del siniestro en general satisfactorio tanto para el asegurado como para la aseguradora”.

Otro de los temas que todos los participantes consideraron importantes es la definición de los conceptos, que, si no es correcta, muchas veces provoca una insuficiencia de cobertura y la consiguiente insatisfacción de los clientes, “quienes a veces tienen la sensación de que les estamos metiendo miedo”, constató Sebastián Mata. Un punto que, en opinión de García-Caro, se puede solventar con “el valor añadido del mediador y una detallada explicación de los números” de las empresas. En este punto, Víctor Mayorga defendió la importancia del trabajo de los mediadores “para evaluar todos los riesgos” y Zárraca añadió “aunque, a veces, el cliente no dedica el tiempo necesario al mediador”.

En cuanto a la cuestión de si es mejor contratar en solitario la Pérdida de Beneficios o como garantía adicional, hubo discrepancia. García-Caro y Mayorga apostaron por la segunda opción. “AIG no ofrece actualmente la cobertura de Pérdida de Beneficios de manera independiente; entendemos que es más recomendable y eficiente para el asegurado contratarla dentro de la póliza de Daños, de manera que se garantice una acción eficiente y coordinada para minimizar el daño y se eviten posibles vacíos de cobertura o incoherencia entre los condicionados de las pólizas de daños y de pérdida de beneficios emitidas por separado”, comentó Alfonso García-Caro. Una modalidad que no tuvieron tan clara Mata y Zárraga, quienes consideraron que “depende del tipo de negocio”, el primero, y que “en algunas pymes es complicado”, el segundo.

Asimismo, una parte del debate se desarrolló en torno a los ciberriesgos, un ramo sobre el que, coincidieron, existe un gran desconocimiento, pero que “es una realidad a la que más pronto que tarde vamos a tener que dar respuesta”, en palabras del Global Property Manager de AIG, quien también reconoció que no hay más opciones que “innovar”, pues “la realidad es que puede tener un impacto real en la actividad de la empresa” y “devenir en una pérdida de beneficios”.

La última parte del debate consistió en abordar los retos que se le plantean a la cobertura de Pérdida de Beneficios de cara al futuro. Víctor Mayorga destacó la necesidad de “evolucionar de acuerdo con las necesidades del cliente”, Enrique Zárraga y Sebastián Mata pusieron el foco en la creciente importancia de los intangibles y Alfonso García-Caro incidió en la progresiva importancia de los riesgos contingenciales en una economía cada vez más global e interconectada, “que provoca que una empresa pueda tener pérdidas de beneficios causadas por daños materiales que sufra otra con la que de un modo u otro esté interrelacionada”.