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¿Qué sectores aceptan criptomonedas como forma de pago?

¿Qué sectores aceptan criptomonedas como forma de pago?

Un nuevo estudio realizado por el software de criptoimpuestos CoinLedger reveló que el sector minorista y del comercio electrónico tiene el mayor número de empresas que ofrecen la opción de comprar a través de criptomonedas.

El estudio compiló una lista de más de 300 grandes empresas conocidas por aceptar métodos de criptomonedas y las clasificó en industrias, para descubrir cuál contiene la mayor cantidad de empresas que ofrecen criptomonedas como método de pago.

El comercio minorista y el comercio electrónico ocupan el primer lugar, con un total de 60 empresas que aceptan pagos con criptomonedas. El sector incluye tiendas de ropa y complementos como Adidas, Yankee Candle y H&M, así como plataformas de compras en línea como Etsy.

En segundo lugar de la lista se encuentra el sector Food & Dining con 54 empresas. Algunos ejemplos son Chipotle, Chuck E Cheese’s, Domino’s y Hard Rock Café, y servicios de entrega como DoorDash y Uber Eats. Poco a poco, diferentes servicios están disponibles en diferentes países: Burger King Venezuela acepta pagos con Bitcoin desde 2020.

El comercio minorista de lujo ocupa el tercer lugar, con 35 empresas que ofrecen el servicio, incluidas las marcas de alta costura Gucci y Ralph Lauren, el minorista de relojes de lujo Hublot, así como joyerías como Jewelry Affairs y CRM Jewelers.

Más abajo en la lista, Viajes y Hospitalidad ocupa el cuarto lugar, con 31 empresas que aceptan pagos criptográficos. Van desde aerolíneas comerciales, como Norwegian Air y Vueling, hasta alquiler de aviones privados, como Fast Private Jet, LunaJets y PrivateFly. 

Las líneas de cruceros Royal Caribbean y Princess Cruises también están en la lista, así como sitios de ayuda para la organización de viajes como GetYourGuide.

Las cinco primeras cierran con empresas de Internet y Servicios Online, ya que 28 aceptan la criptografía como método de pago. Estas empresas ofrecen un servicio disponible para usar en línea en nuestros teléfonos y portátiles, como Google Play y Spotify, y varios servicios VPN como CyberGhostVPN, ExpressVPN y FrootVPN. 

Las 10 principales industrias que ofrecen criptomonedas como método de pago:

David Kemmerer, cofundador y director ejecutivo de CoinLedger, comentó los hallazgos.

«El creciente número de empresas que aceptan pagos en criptomonedas refleja la creciente aceptación y adopción de monedas digitales en la economía convencional. Esta tendencia no solo se alinea con las preferencias cambiantes de los consumidores conocedores de la tecnología, sino que también ofrece beneficios como tarifas de transacción reducidas y mayor seguridad. Desde grandes minoristas hasta pequeñas empresas, la diversificación de sectores que adoptan las criptomonedas demuestra la versatilidad y el potencial de la tecnología blockchain. A medida que esta tendencia continúe, es probable que contribuya a una mayor aceptación de las criptomonedas como forma legítima de pago, allanando el camino para un panorama financiero más descentralizado y accesible».

Desde EurocoinPay siempre hemos apostado por un mundo mejor y manifestado nuestro firme propósito de querer contribuir en un cambio de economía, donde las transacciones financieras que hacemos en nuestro día a día sean más rápidas, seguras y transparentes.

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Fuente: Cointelegraph

Casi un 72% de inversores españoles apostará por criptomonedas en los próximos meses

Casi un 72% de inversores españoles apostará por criptomonedas en los próximos meses

El 82.1% de inversores españoles miran la cotización de las criptomonedas, al menos una vez al día.

Las criptomonedas no parecen ser una moda pasajera sino un tipo de inversión que ha venido para quedarse. Así lo indicaron desde el portal Finect, donde compartieron algunas estadísticas de un estudio sobre los inversores españoles.

“Una amplia mayoría de los inversores (españoles), concretamente el 82.1%, miran la cotización de las criptomonedas, al menos, una vez al día, y el 54,6% de ellos lo miran varias veces al día lo que da muestra del gran interés de este sector entre los inversores españoles”, detallaron en Finect.

“Y es que el resto de los inversores miran la cotización de las diferentes criptomonedas pero de manera más ‘relajada’. Así, el 10,7% de los inversores mira los precios de los criptoactivos una vez a la semana y el 2,9% lo hace solo durante el fin de semana. El 4,3% restante declara que no mira la cotización de las criptomonedas en ningún momento”, agregaron.

Por otra parte, remarcaron que el interés en criptoactivos pone de manifiesto que un 71,9% de los encuestados tienen pensado invertir en criptomonedas en los próximos meses.

“La mayor parte de la inversión en este tipo de activos son cantidades pequeñas. Así, el 35,8% de las personas piensan invertir menos de 1,000 euros y el 39.3% invertirán entre 1,000 y 10,000 euros. El 6.9% invertirán entre 10,000 y 50,000 euros y el 3.1% más de 50,000 euros”, precisaron.

Fuente: Cointelegraph

La aplicación del IVA, Impuesto sobre la Renta y el Impuesto a los Patrimonios sobre los cripto-activos según la OECD

La aplicación del IVA, Impuesto sobre la Renta y el Impuesto a los Patrimonios sobre los cripto-activos según la OECD

El organismo multilateral OECD publicó un informe desglosando el tratamiento fiscal de los principales impuestos en más de 50 países sobre las criptomonedas.

El organismo para la Cooperación y el Desarrollo Económico «OECD», publicó recientemente un trabajo interesante denominado “Impuestos a las monedas virtuales. Una descripción general de los tratamientos fiscales y cuestiones emergentes de política fiscal“, la cual realiza un análisis exhaustivo de los enfoques y diferencias en los principales tipos de impuestos en más de 50 jurisdicciones objeto del estudio.

Según el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias «CIAT», el informe no formula recomendaciones pero señala algunas ideas aproximadas para que los responsables de la formulación de políticas consideren a los fines de fortalecer sus marcos legales y regulatorios para gravar las monedas virtuales.

Como es de conocimiento público, las monedas virtuales o cripto-activos son un mercado emergente en amplio crecimiento, que ya está llamando la atención no sólo de inversores, sino también de los entes regulatorios en distintas partes del mundo, con el fin de poder establecer un marco regulatorio sobre la actividad que ejercen millones de usuarios en todo el mundo.

La OECD ha alertado que hay una falta de regulación en la materia, debido a la complejidad de definir el tratamiento tributario aplicable a estos activos de manera que cubra sus diferentes facetas.

Veamos un repaso de cómo el informe del organismo multilateral, intenta cubrir estas fallas en los principales impuestos generales como son el Impuesto al Valor Agregado«IVA», Impuesto Sobre la Renta «ISLR» y el Impuesto a los Patrimonios.

Impuesto al Valor Agregado «IVA»

En casi todos los países, el intercambio de monedas virtuales no está sujeto al IVA. Sólo es aplicable en los siguientes casos:

  • Intercambio de monedas virtuales por moneda de curso legal.
  • Provisión de bienes y servicios sujetos a impuestos pagados con monedas virtuales
  • Fuera de la UE, los servicios sujetos a las reglas del IVA como prestación de servicios gravados

Dentro de la UE, el Tribunal de Justicia europeo determinó que las monedas virtuales no son bienes corporales y que las monedas como Bitcoin, constituyen “un medio de pago directo entre los operadores que la aceptan”, por lo que su decisión ha sido responsable hasta ahora del tratamiento fiscal que se aplica actualmente a estos activos.

Se aclara que las operaciones financieras que no tengan finalidad distinta de la de ser un medio de pago, están exentas de la aplicación de la carga impositiva del IVA.

La OECD destaca en este apartado, las dificultades prácticas relativas al tratamiento de estas transacciones alcanzadas bajo las reglas del IVA.

Impuesto Sobre La Renta «ISLR»

El informe destaca que la mayoría de los países estudiados, consideran a las monedas virtuales como una forma de propiedad, por lo tanto, son tratados como activos que generan ganancias de capital.

Algunas pequeñas excepciones, las consideran como generadoras de ingresos comerciales o varios.

En el caso del ISLR, el tratamiento es variado para el conjunto de países estudiados:

  • La mayoría consideran que los intercambios realizados entre monedas virtuales y monedas de curso legal generan un hecho imponible.
  • La mayoría de los países consideran los intercambios entre diferentes tipos de tokens, sujetos a impuestos sobre la renta.
  • La recepción de tokens vía minería ocasiona hecho imponible para la gran mayoría de los países
  • El pago de salarios, servicios o bienes, sigue sin alterarse el tratamiento fiscal de la transacción subyacente
  • El tratamiento fiscal de las transacciones en activos virtuales varía según el contribuyente, siendo la negociación a nivel empresarial la más favorable a posibilidades de deducción por pérdidas.
  • No hay claridad sobre el tratamiento fiscal en el caso de regalos, robos y pérdidas en general de monedas virtuales.

Impuesto a la Riqueza

Al ser considerado como una forma de propiedad, las monedas virtuales en la mayoría de los países estudiados por el organismo, es probable que estén sujetos a impuestos respectivos sobre la riqueza, tal cómo los casos de herencia, donaciones, etc.

Sin embargo, no hay claridad suficiente sobre el tratamiento fiscal de este impuesto en los países objeto de estudio en el informe.

Vale destacar que el informe incluye a las monedas virtuales, tanto a las formas más difundidas de cripto-activos como Bitcoin, Litecoin y Ethereum, así como a las llamadas CBDC, monedas respaldadas por las autoridades públicas.

Fuente: Cointelegraph